} EL CAMINO: LA SALVACIÓN ES POR FE EN JESUCRISTO: ESTUDIO LIBRO DE RUT 16

domingo, 29 de diciembre de 2024

ESTUDIO LIBRO DE RUT 16

 

Rut 4; 1 Booz subió a la puerta y se sentó allí; y he aquí pasaba aquel pariente de quien Booz había hablado, y le dijo: Eh, fulano, ven acá y siéntate. Y él vino y se sentó.

Rut 4:2  Entonces él tomó a diez varones de los ancianos de la ciudad, y dijo: Sentaos aquí. Y ellos se sentaron.

Rut 4:3  Luego dijo al pariente: Noemí, que ha vuelto del campo de Moab, vende una parte de las tierras que tuvo nuestro hermano Elimelec.

Rut 4:4  Y yo decidí hacértelo saber, y decirte que la compres en presencia de los que están aquí sentados, y de los ancianos de mi pueblo. Si tú quieres redimir, redime; y si no quieres redimir, decláramelo para que yo lo sepa; porque no hay otro que redima sino tú, y yo después de ti. Y él respondió: Yo redimiré.

Rut 4:5  Entonces replicó Booz: El mismo día que compres las tierras de mano de Noemí, debes tomar también a Rut la moabita, mujer del difunto, para que restaures el nombre del muerto sobre su posesión.

Rut 4:6  Y respondió el pariente: No puedo redimir para mí, no sea que dañe mi heredad. Redime tú, usando de mi derecho, porque yo no podré redimir.

Rut 4:7  Había ya desde hacía tiempo esta costumbre en Israel tocante a la redención y al contrato, que para la confirmación de cualquier negocio, el uno se quitaba el zapato y lo daba a su compañero; y esto servía de testimonio en Israel.

Rut 4:8  Entonces el pariente dijo a Booz: Tómalo tú. Y se quitó el zapato.

Rut 4:9  Y Booz dijo a los ancianos y a todo el pueblo: Vosotros sois testigos hoy, de que he adquirido de mano de Noemí todo lo que fue de Elimelec, y todo lo que fue de Quelión y de Mahlón.

Rut 4:10  Y que también tomo por mi mujer a Rut la moabita, mujer de Mahlón, para restaurar el nombre del difunto sobre su heredad, para que el nombre del muerto no se borre de entre sus hermanos y de la puerta de su lugar. Vosotros sois testigos hoy.

Rut 4:11  Y dijeron todos los del pueblo que estaban a la puerta con los ancianos: Testigos somos. Jehová haga a la mujer que entra en tu casa como a Raquel y a Lea, las cuales edificaron la casa de Israel; y tú seas ilustre en Efrata, y seas de renombre en Belén.

 

 

ÉL ES JEHOVÁ TU SEÑOR

Durante las publicaciones anteriores, hemos considerado aspectos muy sobresalientes de la acción salvífica de Dios para los suyos. De manera especial, nos hemos deleitado considerando paso a paso, elementos del carácter de Dios, acciones y atributos, los cuales son expresados en la vida de Noemí y Rut. En consecuencia, hemos admirado su Deidad, poder, su salvación y en esta última parte del libro de Rut, meditaremos en su señorío.

Adentrarnos en las verdades relacionadas con el señorío o gobierno absoluto de Dios en todas las cosas y las personas, es muy alentador. En razón, de la confianza que podemos tener por su gobierno fiel, justo, inmutable y amoroso. Son muchas las partes de la Escritura, donde Dios recibe el título de Señor. Esto implica quien gobierna, dirige, tiene la autoridad, el amo, el dueño, poseedor, o rey. No obstante, considerarlo Señor o Rey, nos debe llegar a aceptar las trascendentales verdades o principios de su gobierno.

Desde la perspectiva del señorío de Dios, identificaremos las verdades bíblicas y teológicas de ese gobierno, según la información que tenemos en el capítulo cuatro del libro de Rut.

No podemos desligar el título de la acción misma que se ejerce con relación al título. Es decir, si hablamos de un padre, tenemos que relacionarlo con lo que el es y hace como padre. Si pensamos en un médico, tenemos que identificar la esencia del ser y del quehacer del médico. De igual forma, considerar y reconocer la enseñanza del título de Dios como Señor, es considerar lo que Él hace y/o es para ejercer su señorío.

Con este punto de referencia en nuestra mente, comenzaremos el recorrido por el capítulo cuatro del libro para resaltar las acciones, enseñanzas y esencia del ministerio y ser de Dios, como Señor. Debemos recordar que casi siempre que se presenta a Dios como Señor, se hace referencia a la obra de Cristo. Por tanto, hablar de su señorío, es reconocer su salvación perfecta y su gobierno en el corazón de su pueblo para someterlo a su voluntad y llevarlos a su final perfecto de su obra de redención. Por consiguiente, el señorío de Dios esta precedido por la redención del creyente. Esto hace que solo podamos entender los hechos propios de su gobierno, al ser nacidos de nuevo, esto es, renacidos.

En esta parte consideraremos tres acciones extraordinarias, de las cuales nos hemos beneficiado, para ratificar el señorío y gobierno del Señor en la vida de los creyentes. Esas dimensiones son el renombre que se nos da, la herencia que se nos concede y la prosperidad con que se nos bendice. Todas estas actuaciones tienen efectos eternos en la vida del creyente. Mediante ellas, nos será más fácil articular el tema latente en el capítulo último del libro de Rut y presente, en toda la Escritura, con relación a la salvación.

DA RENOMBRE ETERNO

Una de las bendiciones que expresa claramente el señorío de Dios sobre sus hijos consiste en el renombre que les otorga como elegidos. El renombre indica que los exalta, son conocidos en la ciudad, los dignifica y su nombre es recordado en medio de los tiempos.

Claro esta, todo esto es por la gracia incomparable de Dios y un resultado de la salvación en Cristo. Nada de ello, es por sí mismos, si no por la infinita bondad de Dios.

Una vez Booz se compromete en una relación de pacto con Rut, se mueve en cumplimiento de su juramento. Sus movimientos y pasos lo conducen a hacer efectivo su palabra en la noche anterior a su desposada. La trama o argumento de los movimientos giran en torno a redimir la esposa del difunto, para perpetuar el nombre del fallecido en medio de Israel y levantar descendencia a su nombre. Analicemos paso a paso este propósito.

En primer lugar, Booz va en busca del pariente más cercano de Elimelec y a quien correspondía en primera instancia redimir a la viuda. Esto es hacer justicia a ella, casándose y levantando descendencia en nombre del difunto. Por lo tanto, le vemos ir a la ciudad y esperar al familiar. “Booz subió a la puerta y se sentó allí…” (1). Él subió y se sentó.

Subir y sentarse, puede estar asociado con un procedimiento legal, público y ritual, paradirimir el asunto. Al estar allí, pasó el pariente cercano, al cual se refirió Booz, en su encuentro con Rut. “…y he aquí pasaba aquel pariente de quien Booz había hablado, y le dijo: Eh, fulano, ven acá y siéntate. Y él vino y se sentó” (1). Booz espera que pase, lo llama y le ordena sentarse. Parece ser que Booz, actúa como un funcionario importante del pueblo. En un tribunal debe darse respuesta a esta situación social, familiar, con implicaciones legales. La obediencia del fulano nos puede llevar a considerar esto.

Luego de estar sentado con el otro opcionado para cumplir la ley en este caso, llama a diez ancianos como testigos del desarrollo y desenlace del caso. “Entonces él tomó a diez varones de los ancianos de la ciudad, y dijo: Sentaos aquí. Y ellos se sentaron” (2). El ambiente previo a la presentación del motivo del encuentro, nos ubica en un tribunal. Todo lo que se realizará en esta ocasión tiene efectos legales, decisivos y potestativos. En consecuencia, es necesario subir y sentarse, tener a las dos partes de la negociación, tener testigos o magistrados que aprueban o desaprueban lo legítimo de las decisiones a las que se lleguen. Los veedores con ancianos, quizás encargados de la justicia social en Belén.

Reviste gran importancia todo el procedimiento preparatorio y de ambientación, antes de presentar la razón por la cual se reúnen. Además, se dice que esto sucede a la puerta de la ciudad, donde muy posiblemente se ubicaban los ancianos para impartir justicia sobre variados casos. En esta oportunidad estamos frente a un proceso legal de carácter económico y familiar, es decir, de una gran carga social. Por lo que se requiere, estar en el marco de lo legal. El acto legislativo es sobradamente dentro de la Ley vigente.

Son ancianas las personas, llamadas para sentarse en el tribunal, juzgado o lugar del juicio. Se encuentran ante ellos los varones responsables de negociar legalmente la decisión a tomar. Los ancianos en la Biblia, siempre están asociados a personas de madurez, discernimiento y capacitados para gobernar, aconsejar, legislar y dirimir asuntos diversos.

Moisés, consultó ancianos, Pablo una y otra vez habla de la importancia de los ancianos en las iglesias. Ellos son encargados de la función espiritual y administrativa o legislativa en asuntos de fe y conciencia. Las verdaderas iglesias de Cristo, han de tener en su gobierno, ancianos para que contribuyan, por la gracia de Dios a decidir y ejercer autoridad declarativa en asuntos de la iglesia. “Donde no hay dirección sabia, caerá el pueblo; Mas en la multitud de consejeros hay seguridad” (Proverbios 11:14).

En este juicio hay multitud de testigos consejeros. Por tanto, el caso es legalmente abierto a la opinión pública. Booz actúa como moderador, presentador, magistrado o sacerdote. Es él quien da inicio a esta sesión pública de aplicación y decisión legislativa. “Luego dijo al pariente: Noemí, que ha vuelto del campo de Moab, vende una parte de las tierras que tuvo nuestro hermano Elimelec” (3). El caso es puesto sobre la mesa. Esta relacionado con Noemí y Elimelec.

Al regresar de Moab y regresar sola, por la muerte de su esposo, ella ha puesto en venta un terreno que hasta ahora desconocíamos, ella poseía, como herencia de su difunto esposo. En tal sentido, el caso se presenta, como la compra legal de las tierras que pertenecen a Noemí y ella no puede conservar, por estar sola y sin protección de Elimelec.

La ley de Moisés decía que si una persona no podía conservar la tierra y necesitaba venderla, un pariente cercano debía redimir la tierra, para que no pasara a manos de personas ajenas a la familia. Esta ley tenía la finalidad de proteger el patrimonio familiar y que otras personas desconocidas se enriquecieran con la tierra que les pertenecía por consanguinidad. “Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, entonces su pariente más próximo vendrá y rescatará lo que su hermano hubiere vendido” (Levítico 25:23). Esta ley tenía varias finalidades, entre ellas conservar la propiedad en familia. Booz comunica esta situación legal y manifiesta su honestidad al hacerlo saber al pariente de la víctima para que ejerza su función de rescatar la tierra. “Y yo decidí hacértelo saber, y decirte que la compres en presencia de los que están aquí sentados, y de los ancianos de mi pueblo. Si tú quieres redimir, redime; y si no quieres redimir, decláramelo para que yo lo sepa; porque no hay otro que redima sino tú, y yo después de ti. Y él respondió: Yo redimiré” (Vs. 4). Ante esos testigos se presenta el caso y Booz solicita el pariente que declare públicamente si redime la heredad o no. De no hacerlo, le corresponde a Booz. El pariente asiente a este deber de redimir la tierra del fallecido esposo de Noemí.

Una vez él ha declarado ante los testigos su interés de redimir la tierra, creyendo que el caso esta concluido y cerrado, Booz procede a presentar un segundo caso conexo a este.

Entonces replicó Booz: El mismo día que compres las tierras de mano de Noemí, debes tomar también a Rut la moabita, mujer del difunto, para que restaures el nombre del muerto sobre su posesión” (5). Junto al rescate de la posesión de Noemí, se debe redimir el nombre del difunto esposo de Rut la moabita, cumpliendo así la ley del levirato.

Es decir, Booz une los dos casos. La restauración de los bienes y la redención de la viuda. La admirable habilidad de Booz para presentar el caso en el tribunal es extraordinaria. Como moderador de la sesión, ante los testigos presenta dos casos que los une para que sea una sola persona la que resuelva los dos. La tierra y la descendencia. Se trata de una función eminentemente social y económica. En este sentido, quien asumiera la responsabilidad debía hacerlo por las dos viudas. Podemos considerar la astucia legal de Booz y el respeto y admiración por las dos mujeres. Noemí y Rut necesitan y deben tener un solo redentor. Quien responda por la heredad lo debe hacer también por ellas.

El pariente que ante el caso inicial responde afirmativamente, ente la unión de los dos casos, responde negativamente. “Y respondió el pariente: No puedo redimir para mí, no sea que dañe mi heredad. Redime tú, usando de mi derecho, porque yo no podré redimir” (6). En consecuencia cede a Booz la oportunidad de restaurar la heredad de la viuda Noemí y la de redimir a la viuda Rut. En este caso, el nombre de los dos difuntos esposos se perpetuará, por este acto redentor. Al decirle usa de mi derecho, legalmente le da la oportunidad de actuar. No lo puedo hacer, pero hazlo tú.Se cumple como la costumbre respectiva ante estos casos. Por lo cual oficialmente, Booz, tiene el doble derecho sobre la tierra y la mujer. Es decir, hace justicia a las dos y no las separa, como intenta visiblemente el otro pariente. “Y Booz dijo a los ancianos y a todo el pueblo: Vosotros sois testigos hoy, de que he adquirido de mano de Noemí todo lo que fue de Elimelec, y todo lo que fue de Quelión y de Mahlón. Y que también tomo por mi mujer a Rut la moabita, mujer de Mahlón…” (9-10). Aparecen nuevamente los ancianos como testigos de este acto legal, que se ha cerrado ante su vista. Ellos son testigos que libre y voluntariamente, dentro de la ley vigente se ha obrado. Booz, queda satisfecho y declara públicamente la decisión. Es decir, cierra la sesión del tribunal, da su firma final y oficial.

Algo que llama la atención es como todos los nombres de la familia se mencionan en este acto legal. Podemos considerar que los muertos, pese a morir y ser sepultados en Moab, son recreados nuevamente en el tribunal. Sus nombres suenen para testimonio al pueblo de Israel. Sus nombres permanecen en el expediente del proceso que se cierra favorablemente ante sus ojos. Los muertos y los vivos permanecen en los documentos oficiales y en los oídos y mentes de los ancianos, los cuales les recordaran. Son inmortalizados los difuntos, por la gracia de Dios. Son renombrados en un acto oficial, para dar perpetuidad y perennidad a sus vidas. Esa es la razón por la cual las mujeres hablaban de la memoria de los muertos y los vivos, como una acción de la justicia y misericordia de Dios.

Booz, en su alocución pública, manifiesta que este acto se ha dado con la finalidad de perpetuar el nombre del difunto. “…para restaurar el nombre del difunto sobre su heredad, para que el nombre del muerto no se borre de entre sus hermanos y de la puerta de su lugar” (10). En esta oportunidad se nombran otra vez todos los miembros de la familia, para que nunca se borren de la memoria y de la historia de Israel y de la ciudad de Dios. Un acto legal, una declaración oficial, recrea los personajes y los hace revivir en la historia de los salvos. Maravillosa obra de gracia. Se da un nombre no mortal, si no inmortal e histórico para permanecer por siempre.

Todos ellos son traídos al tribunal para este veredicto. Booz es suficiente para redimir y restaurar los dos casos. No se requiere de dos parientes redentores. Solo un pariente cercano es suficiente y completo para traer esta bendición a los muertos y a los vivos. Es decir, a los que murieron físicamente pero están vivos en el registro oficial de los redimidos. Hermosa y maravillosa noticia, de la cual los ancianos y nosotros somos testigos.

Para cerrar el acto legal y sacerdotal, Booz, convoca a los ancianos a cumplir su función de testigos. “…Vosotros sois testigos hoy. Y dijeron todos los del pueblo que estaban a la puerta con los ancianos: Testigos somos…” (10-11). Ya no están solo los ancianos en el tribunal. Ahora todo el pueblo esta presenciando este acto judicial público. Todos ellos, proclaman somos testigos de la inmortalidad de los muertos. Su registro esta entre nosotros y el acto legal se ha cerrado para perpetuar su nombre entre las postreras generaciones.

Tener un nombre nuevo, es un acto de gracia. También es un acto de justicia. La declaración forense, en el tribunal es que hemos sido redimidos por el cordero inmolado para siempre. Reinaremos con Él para siempre. Así como las propiedades y la vida de estas mujeres estaría con Booz en adelante. Los elegidos de Dios, aquellos que han pasado de muerte a vida, quienes han sido alcanzados por su manto de justicia, legal, oficial y eternamente estarán con Él. El sacrificio eficaz de Cristo fue suficiente. No fueron necesarios dos actos redentivos. Con la sola muerte del Cordero de Dios, a favor de los elegidos se cerró oficialmente el caso. Todos los elegidos desde la eternidad, fueron eficaz y completamente redimidos de que sus nombres se borraran de la historia de la salvación.

Consideremos algunos versículos del Nuevo Testamento que hablan sobre el nombre nuevo e inmortal que hemos recibido en Cristo Jesús. “Ahora, así dice Jehová, Creador tuyo, oh Jacob, y Formador tuyo, oh Israel: No temas, porque yo te redimí; te puse nombre, mío eres tú” (Isaías 43:1).

 El nombre nuevo está asociado con la redención. Su salvación hace que haya seguridad, esperanza y descanso perpetuo cerca de la presencia del Redentor.

Isaías, el profeta sigue anunciando las verdades relacionadas con el nombre nuevo de los hijos de Dios, él cual indica su nueva posición, carácter y personalidad. “Yo les daré lugar en mi casa y dentro de mis muros, y nombre mejor que el de hijos e hijas; nombre perpetuo les daré, que nunca perecerá” (Isaías 56:5). El nombre nuevo que da a sus hijos, esta lleno de las características y perfecciones del Redentor. Además, es la señal necesaria e indispensable para el acceso a la nueva Jerusalén, lo cual indica salvación.

Al ser nacidos de nuevo, se nos concede por la gracia de Dios una nueva naturaleza, la de hijos suyos. En este momento, el mismo Señor, pronunciará una nueva identidad para sus elegidos. “…y te será puesto un nombre nuevo, que la boca de Jehová nombrará” (Isaías 62:2). En este sentido, el nuevo nombre, esta relacionado con la declaración legal y oficial dada por el Redentor de pertenencia a Él. No somos de nosotros mismos, ni del mundo, pertenecemos a Él. Su sangre preciosa nos ha redimido y su amor nos ha acogido.

En Apocalipsis, se describe nuevamente, el concepto y la realidad final del nuevo nombre.

Para la glorificación, la cual es la salvación definitiva y plena, se hace necesario tener un nombre nuevo. “El que tiene oído, oiga lo que el Espíritu dice a las iglesias. Al que venciere, daré a comer del maná escondido, y le daré una piedrecita blanca, y en la piedrecita escrito un nombre nuevo, el cual ninguno conoce sino aquel que lo recibe” (Apocalipsis 2:17). “El que venciere será vestido de vestiduras blancas; y no borraré su nombre del libro de la vida, y confesaré su nombre delante de mi Padre, y delante de sus ángeles” (Apocalipsis 3:5). El nombre nuevo es para los vencedores; los hijos de Dios.

Por consiguiente, quienes han sido redimidos por el Señor, pueden entrar a disfrutar con Él por toda la eternidad. La iglesia militante ya recibió ese nombre nuevo, sin embargo, al momento de la entrada triunfante al reino de los cielos, se nos preguntará ese nombre nuevo que nos ha otorgado Jesús para acceder a la presencia eterna del Padre. Esa nueva identidad es eterna, segura y necesaria para estar en su presencia. Así como en este tribunal se nombran nuevamente a los personajes centrales del libro, de igual forma, en el registro oficial y celestial, están inscritos los salvos desde la eternidad. El nombre nuevo y el renombre inmortal de los mismos, obedeced a la gracia salvadora de Jesucristo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario